Una trabajadora fija discontinua está de baja por maternidad. Cuando la den la liquidación de haberes de junio, ¿la empresa tiene que abonar la parte de vacaciones que le corresponde o, como en ese momento está de baja maternal, le tendrán que dar las vacaciones una vez que se incorpore a la actividad?
La trabajadora fija discontinua que se encuentra de baja por maternidad no debería recibir el abono de las vacaciones en su liquidación de haberes de junio. Según la normativa aplicable, las vacaciones deben disfrutarse y no abonarse, salvo en el caso de extinción del contrato.
Además, durante el periodo de baja por maternidad, las vacaciones no se pierden, sino que se pueden disfrutar una vez que la trabajadora se reincorpore a su actividad laboral.
Esto se debe a que la baja por maternidad interrumpe el periodo vacacional, permitiendo que las vacaciones se disfruten posteriormente, incluso si el año natural ha concluido.