¿Cómo proceder con la contratación de un trabajador con NIE caducado?

17/07/2018

Queríamos contratar a un trabajador pero nos comenta que tiene su NIE caducado, y tenemos dudas en cuanto a como proceder con este tema. No sabemos si le van a renovar el NIE, o no. ¿Le podemos hacer contrato? ¿Qué fecha le podemos poner en contrato?

Respuesta de LexaGo

Esta persona no puede ser contratada si tiene el NIE caducado en ningún caso. El derecho a trabajar sólo corresponde a los extranjeros en situación regular en España, esto es, cuando cuenten con la correspondiente autorización administrativa para residir o trabajar. Así lo establece el artículo 10 de la LO 4/2000.

Lo que debéis hacer es aseguraros de que esta persona acude a extranjería y renueva el NIE de esta persona. Si acude a extranjería, deberá acreditar el compromiso de contratar a esta persona, a la que se le renovará el NIE, con un permiso de trabajo, que estará condicionado a la posterior alta en la Seguridad Social de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la antes señalada LO 4/2000:

1. Los extranjeros mayores de dieciséis años precisarán, para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar. La autorización de trabajo se concederá conjuntamente con la de residencia, salvo en los supuestos de penados extranjeros que se hallen cumpliendo condenas o en otros supuestos excepcionales que se determinen reglamentariamente.
2. La eficacia de la autorización de residencia y trabajo inicial se condicionará al alta del trabajador en la Seguridad Social. La Entidad Gestora comprobará en cada caso la previa habilitación de los extranjeros para residir y realizar la actividad.
Por tanto, esta persona, antes de ser contratada deberá acudir a extranjería a renovar el NIE, llevando la siguiente documentación.
  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador. Dicho impreso puede obtenerse en https://www.inclusion.gob.es/documents/410169/2156469/03-Formulario_cta_ajena.pdf
  • Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  • Copia del contrato de trabajo que va a suscribir con vuestra empresa, con todos los datos del trabajador y la empresa.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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