¿Cómo proceder al pasar de un contrato 502 a un fijo ordinario en otro centro con distinto CCC?

¿Cómo proceder al pasar de un contrato 502 a un fijo ordinario en otro centro con distinto CCC?
03/09/2025
Tenemos la siguiente situación en la misma empresa: un trabajador con un contrato 502 por circunstancias de la producción, ubicado en un centro de trabajo, finaliza dicho contrato el 5 de septiembre. La intención es contratarlo como fijo ordinario en otro centro de trabajo con un CCC diferente a partir del 6 de septiembre. ¿Cómo se debe proceder? ¿Finiquitar su relación laboral en el primer centro de trabajo con la indemnización correspondiente al contrato 502 y recontratarlo en el nuevo centro con nueva antigüedad en la empresa? ¿O no se finiquita y se transforma en contrato 289, aunque implique un cambio de CCC?

Respuesta de LexaGo

Lo procedente es extinguir el contrato temporal 502 el 5 de septiembre con el finiquito correspondiente, incluida la indemnización de 12 días por año trabajado (art. 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores), y formalizar el 6 de septiembre un nuevo contrato indefinido ordinario en el otro centro de trabajo, ya que el cambio de CCC obliga a un nuevo alta en Seguridad Social y no a una mera transformación.

En detalle, el contrato por circunstancias de la producción (código 502) tiene carácter temporal y, al alcanzar su fecha de finalización, debe extinguirse con abono de la indemnización prevista en el artículo 49.1.c del ET. La nueva contratación indefinida no puede tramitarse como conversión (289), pues el alta en otro CCC implica un nuevo vínculo laboral ante la Tesorería General de la Seguridad Social, con efectos de antigüedad desde la fecha del nuevo contrato. Solo si el convenio colectivo aplicable reconoce expresamente la antigüedad global en la empresa o grupo cabría mantenerla a efectos internos, pero en términos legales la relación es distinta.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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