El modelo 145 hace referencia al Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, en concreto la comunicación de los datos del pagador. Estos datos tienen que ser facilitados por el trabajador hacia la empresa o entidad correspondiente.
Es una declaración sin la cual la empresa no es aconsejable que reduzca la retención en base a otros vías de información, ya que el último responsable de practicar correctamente la retención es la empresa. En el caso de que este no lo haga, la retención que se le practique será superior a la que le corresponda. En tal caso, podrá recuperar la diferencia, si procede, al presentar su declaración del IRPF del ejercicio correspondiente del que se trate.
Tal y como nos ha confirmado Hacienda mediante llamada telefónica, debe presentar este escrito firmado para que se le aplique la retención correcta en el siguiente periodo y la declaración de la renta para que le devuelvan la diferencia por la incorrecta aplicación de la retención, ya que no se ha tenido en cuenta el dato de los hijos convivientes.