¿Cómo comunica un trabajador con Incapacidad Permanente el inicio de otra relación laboral?

20/07/2023
Un trabajador con incapacidad permanente total, ¿Cómo comunica al INSS que va a comenzar a trabajar en algo que no tiene que ver con con su incapacidad?

Respuesta de abogado

Antes de comenzar a trabajar, la persona beneficiaria de la pensión tiene la obligación de comunicar de manera previa al INSS el nuevo trabajo, por medio de este modelo: https://cutt.ly/pw5dlyOV

Además, si se trata de una IP derivada de una enfermedad profesional, deberá solicitar autorización del nuevo trabajo para acreditar que es compatible de acuerdo con lo dispuesto en el art. 2 del RD 1071/1984. Esto último podrá realizarse de forma telemática o presencial en las oficinas de la TGSS.

El artículo 198 LGSS admite la compatibilidad de la pensión de incapacidad permanente total con cualquier otro trabajo, siempre y cuando las funciones no coincidan con aquellas que dieron lugar a la incapacidad permanente total.

A modo de ejemplo, la sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2007 consideró compatible la IPT obtenida para la profesión habitual de mozo de almacén con el trabajado como oficial 1ª ebanista.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.