¿Cómo calcular el permiso de lactancia acumulado para una trabajadora a tiempo completo con jornada reducida?

¿Cómo calcular el permiso de lactancia acumulado para una trabajadora a tiempo completo con jornada reducida?
23/04/2019

Tenemos una trabajadora con contrato a tiempo completo, pero con jornada reducida por guarda legal a 25 horas semanales. Ha tenido un segundo hijo y nos solicita el permiso de lactancia acumulado por días. ¿Cuál es la forma correcta de hacer el cálculo?

Si calculo exactamente una hora por día hasta que el menor cumpla nueve meses, obtengo un total de 111 horas. Dividido entre 25 horas semanales, serían 4,4 semanas de permiso.

Hasta ahora, en la empresa se conceden 15 días naturales, es decir, dos semanas, a los trabajadores a tiempo completo. ¿Cuántos días deberíamos conceder a esta trabajadora?

Respuesta de LexaGo

Debéis concederle el mismo número de días que a una trabajadora a tiempo completo: 15 días naturales, ya que el permiso de lactancia acumulado se calcula por igual con independencia de la jornada si no existe previsión en contrario en convenio colectivo o norma legal.

Según el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, el permiso de lactancia da derecho a una hora de ausencia diaria hasta que el lactante cumpla nueve meses, pudiendo acumularse en jornadas completas si así lo prevé el convenio colectivo o si se acuerda con la empresa. El artículo no distingue entre trabajadores a tiempo completo o parcial.

Asimismo, el artículo 12.4.d) del Estatuto consagra el principio de igualdad de derechos entre trabajadores a tiempo parcial y completo, señalando que los derechos deben reconocerse en proporción solo cuando así lo determine una norma o el convenio, lo que no ocurre en este caso.

Este criterio ha sido respaldado por la jurisprudencia. Por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas, de 20 de febrero de 2006, establece que ni el artículo 37.4 ni el 12.4.d) del ET permiten reducir el permiso de lactancia en función de la jornada. Por tanto, tener una jornada reducida no implica una reducción proporcional del derecho de lactancia acumulado.

En consecuencia, no debéis hacer un cálculo proporcional según las horas trabajadas ni dividir por la jornada parcial. El objetivo es garantizar la igualdad en el disfrute del permiso, evitando tanto reducciones como ampliaciones injustificadas.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.