Los límites máximos de embargabilidad de una nómina vienen establecidos según los porcentajes sobre el excedente del salario mínimo interprofesional (SMI), conforme a la escala prevista en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Es importante mencionar que estos límites se aplican después de descontar el SMI del total neto percibido por el trabajador.