No, no es legal instalar cámaras en los vestuarios.
La normativa vigente establece que las cámaras no pueden ser instaladas en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores, tales como vestuarios, aseos, comedores y similares. Esta prohibición se fundamenta en la protección del derecho a la intimidad de los trabajadores, tal como se recoge en el artículo 89.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Además, la jurisprudencia ha reiterado que la instalación de cámaras en estos lugares vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad.