Si el cálculo del salario a abonar durante una IT se calcula en partiendo de la base reguladora del mes anterior a la misma, cuando se ha estado de baja IT en ese mes que se toma de referencia, cómo se ve afectado el salario?
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La prestación por incapacidad temporal (IT) se calcula tomando como referencia la base reguladora, que se obtiene a partir de la base de cotización del mes anterior al hecho causante de la baja (art. 169 y ss. LGSS y normativa de desarrollo).
Por lo tanto, si el mes tomado como referencia incluye días de IT, la base reguladora será más baja, y con ella el salario/prestación a percibir durante la nueva IT, salvo que el convenio colectivo establezca una mejora. En ese sentido, la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de septiembre de 2024 establece que la base reguladora para el cálculo de la prestación durante una recaída debe calcularse conforme a las cotizaciones del mes anterior al inicio de dicha recaída, y no a la base reguladora del primer proceso de IT.
Esto implica que la base reguladora reflejará la situación real del trabajador en ese momento, incluyendo si en el mes anterior estuvo en situación de IT y, por tanto, si su base de cotización fue inferior a la habitual.
En consecuencia, el salario a abonar durante la nueva IT puede verse reducido si la base de cotización del mes anterior es inferior al salario habitual, por ejemplo, porque el trabajador no percibió retribución íntegra durante un periodo previo de baja. Esta sentencia confirma la doctrina jurisprudencial de la STS 12 de julio de 2007 (rec. 5448/2005).