El Real Decreto-Ley 28/2018 estableció la obligación de alta en Seguridad Social de los becarios sin retribución. ¿Existe alguna bonificación aplicable en este caso?
En cuanto a las bonificaciones aplicables, tanto las prácticas formativas remuneradas como las no remuneradas no cotizarán al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y se les aplicará una reducción del 95% sobre las cuotas por contingencias comunes. Esta bonificación es aplicable tanto a la cuota obrera como a la cuota patronal.
Según la Disposición Adicional 52ª de la Ley General de la Seguridad Social, a partir del 1 de enero de 2024, los estudiantes en prácticas, incluidas las no remuneradas, deben estar dados de alta en la Seguridad Social.