El permiso por hospitalización al que se refiere el supuesto no está contemplado en el Estatuto del Trabajo Autónomo como causa que dé lugar a bonificaciones, salvo que acredite una situación de dependencia.
Tampoco daría lugar a la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, reguladas en el RD 1148/2011, ya que como indicas, pese a poder ser solicitada por un trabajador autónomo, se trata del padre del trabajador y no del hijo, lo cual no da lugar a esta prestación.
Sin embargo, la modificación del artículo 30 del Estatuto del Trabajo Autónomo establece una posibilidad en referencia a las bonificaciones por conciliación de la vida profesional y familiar. En este artículo que se determina que los autónomos tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes resultante de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores en el supuesto de: tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
Por tanto, el trabajador autónomo tendrá derecho a esta bonificación siempre que justifique que el familiar está a su cargo y se encuentra en una situación de dependencia. Así ha sido confirmado por la TGSS a través de llamada telefónica.