Sí, una persona dada de alta en el RETA en el 2022 puede mantener la tarifa plana de 60 euros establecida en los derogados arts. 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la LETA hasta que se agote su periodo máximo de aplicación de conformidad con lo dispuesto en la D.T. 3.ª del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
No obstante, a pesar de ello, deberán comunicar los rendimientos al igual que cualquier otro autónomo independientemente de que estén disfrutando de la tarifa plana siguiendo la normativa anterior. Así nos lo ha confirmado la TGSS mediante llamada telefónica efectuada.