Un trabajador está estudiando un Grado en la universidad y en breve comenzará sus exámenes. ¿Tiene derecho a permiso retribuido para la asistencia a los exámenes oficiales de la universidad o deberá recuperar el tiempo invertido?
La asistencia a los exámenes oficiales de la universidad no se considera un permiso retribuido.
El artículo 23.1 a) del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a ausentarse del trabajo para acudir a exámenes, pero este permiso no es necesariamente retribuido. La retribución de este permiso dependerá de lo que disponga el convenio colectivo aplicable. Si el convenio no establece que este permiso sea retribuido, el trabajador tendría que recuperar el tiempo invertido o, al menos, no recibiría remuneración por ese tiempo de ausencia.