No, si se aprueba la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, las empresas que se rigen por este convenio colectivo no se verán obligadas a modificar la duración de la jornada laboral, ya que ya cumplen con el nuevo estándar propuesto.
El Convenio Colectivo de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid, vigente desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026, establece una jornada laboral anual de 1.680 horas. Este cómputo equivale aproximadamente a 36 horas con 47 minutos semanales, considerando una distribución regular a lo largo del año.
La propuesta de ley para reducir la jornada laboral máxima legal en España de 40 a 37,5 horas semanales aún se encuentra en proceso de tramitación parlamentaria. Si se aprueba, establecerá un nuevo límite legal que afectará a los convenios colectivos que superen esa jornada. Sin embargo, dado que el convenio mencionado ya establece una jornada de 1.680 horas anuales, que se alinea con el nuevo límite propuesto al estar por debajo, las empresas encuadradas en este convenio no necesitarían realizar ajustes adicionales en cuanto a la duración de la jornada laboral.
Es importante tener en cuenta que, aunque la jornada anual esté dentro del nuevo límite, las empresas deberán asegurarse de cumplir con otras posibles disposiciones de la nueva ley, como la implementación de un sistema de registro horario digital y el respeto al derecho a la desconexión digital, en caso de que estas medidas sean finalmente aprobadas.