En los nuevos FDI a enviar a partir de abril, vemos en el anexo que solicita en "Contratos, Resto de contratos", para contingencias comunes y profesionales, además de las bases de cotización y días del mes anterior a la baja , la opción "Cotizaciones del año anterior por otros conceptos /días", que desarrollan que son conceptos no periódicos, distintos de las horas extras, que no hayan sido prorrateadas en las bases de cotización
¿A qué retribuciones hacen referencia? ¿También hay que informarlos en los contratos a a tiempo parcial o solo en los casos de "resto de contratos"?
Las cotizaciones del año anterior por otros conceptos/días hacen referencia a aquellas cantidades correspondientes a conceptos retributivos no periódicos o de periodicidad superior a la mensual distintos de las horas extraordinarias, percibidas y cotizadas en los 365 días anteriores al mes de la baja médica, que no hayan sido prorrateadas en las bases de cotización. Un ejemplo de ello son el pago de un bonus o incentivo al trabajador.
Este apartado es obligatorio para el resto de los contratos, por lo que no se incluye a los contratos a tiempo parcial.