Buenos días:
Esa sentencia del TSJ de Navarra, publicada a finales de 2009 (se desconoce la fecha exacta de publicación de la misma), viene precisamente a permitir a dichos trabajadores solicitar la acumulación de las vacaciones del año 2008 y 2009. En concreto, en la citada sentencia se acumulaban las vacaciones de 2007 y 2008 a un trabajador que había estado de baja durante gran parte del 2007 y todo el 2008. Se trata de una sentencia muy discutible.
En concreto, condenan a la empresa a conceder nada menos que 46 días de vacaciones a disfrutar en el año 2009, siendo la fecha de su disfrute la que el trabajador establezca.
No obstante, la sentencia del TSJ de Navarra es especialmente polémica, y se recoge en la misma el voto particular de uno de los 3 magistrados, que entiende que en todo caso, sólo puede reconocerse...

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30 días de vacaciones, ya que el resto habrían caducado en el año natural.
No parece razonable que se puedan acumular de esta forma las vacaciones, pero el TSJ de Navarra así lo entiende. De la misma forma, debe tenerse en cuenta que de los Juzgados de lo Social de Navarra, tanto el Juzgado de lo Social nº 4 como el Juzgado de lo Social nº 3, en sentencia de 28 de marzo de 2009, dan la razón al trabajador en las mismas circunstancias.
Por tanto, mientras no se pronuncié el Tribunal Supremo, la reclamación de este tipo de conflicto de vacaciones en Navarra parece que tienen acogida por los Tribunales navarros. Por ello, en vuestro caso, tened en cuenta que si os reclaman, lo normal es que el trabajador vea estimada su pretensión.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.