Estimados Sres:
Al analizar la nueva redacción que la nueva Reforma laboral otorga al articulo 23 del ET se me plantea la siguiente cuestión:
El nuevo articulo 23.3 del ET establece el credito de 20 horas dice vinculadas al puesto de trabajo. ¿ Se puede utilizar dicho credito para realizar la formacion establecida en el articulo 23.1d) " La formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo."?
¿ Si no es aso? ¿A que formación nos estariamos refiriendo?
Gracias