¿Puede Una Trabajadora Cobrar El Paro Tras Un Despido Disciplinario Con Reconocimiento De Improcedencia Y Cuál Es La Indemnización Mínima?

17/09/2010 Usuario LexaGo

Buenos días. Hay una trabajadora que se quiere marchar de la empresa pero quiere cobrar el paro. Si le hago un despido disciplinario con reconocimiento de improcedencia la indemnización que debe constar (que por supuesto no se la pago) puede ser infereior a 45 días???? Qué problemas me puede acarrear hacer este despido????? Gracias y un saludo.

Respuesta de abogado

19/09/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



Ese tipo de negociaciones suelen ser habituales en la empresa. Hay muchas formas de hacerlo, en función de la seguridad jurídica que quieras darle, y en función de las posibilidades de que esa persona os pueda definitivamente demandar para solicitar realmente la indemnización (los 45 días).



En primer lugar, si se reconoce la improcedencia, la indemnización deben ser 45 días (o en su caso, 33 días), ya que en caso de reconocer en la carta una indemnización inferior, la trabajadora siempre podrá demandarte solicitando los 45 días por año íntegros.



El principal problema que acarrean este tipo de despidos, es la posibilidad de que la trabajadora pueda reclamarte después. Para evitar al máximo este riesgo, es conveniente cerrar el acuerdo de una improcedencia en Acto de conciliación extrajudicial.



Los pasos son sencillos: la empresa prepara una carta de despido disciplinario, la trabajadora prepara una papeleta de conciliación en la que demanda a la empresa impugnando el despido disciplinario, y se reconoce en el Acto de Conciliación la improcedencia. Todo se hace el mismo día.



En relación al pago de la cantidad, la trabajadora reconoce haber percibido de la empresa en metálico (por ejemplo) dicha cuantía (los 45 días por año) justo antes de entrar al Acto de Conciliación. De esta forma, la trabajadora renuncia a reclamar cantidad adicional alguna, entendiéndose saldada y finiquitada por la relación laboral habida.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.