Trabajador Afectado Por Ere De Suspensión Que Presta Durante La Suspensión Trabajos En Otra Empresa

18/05/2010 Usuario LexaGo

puede un trabajador que esta en ERE, prestar trabajos en otra empresa mientras dura su situacion de regulacion de empleo?

Respuesta de abogado

18/05/2010 LEXA Abogados
Buenas tardes:



No hay ningún problema en que preste servicios mientras dure el ERE de suspensión. Lo que habrá que tener en cuenta es qué ocurre con el contrato del trabajador durante la suspensión por el ERE simultaneado con la nueva contratación.



Tal y como se desprende de la sentencia del TSJ de Cantabria, de 29 de julio de 2002, el contrato de ese trabajador se encuentra suspendido (no rescindido), por lo que, a pesar de que haya trabajado en otra empresa, tendrá derecho a solicitar la readmisión en la empresa inicial cuándo en esta cese la causa que motivó el ERE de suspensión:



"En consecuencia, hallándose suspendido el contrato de trabajo y concurriendo la causa contractual de expediente de rescisión en Alfacel, el actor ejercitó su derecho de reingreso o reincorporación en ABB Reinosa (hoy Cantarey Reinosa, SA). Ante esta petición la aludida empresa contesta que "no es posible, por obvias razones de orden económico, técnico, productivo y organizativo" y aduce que su contrato quedó extinguido, "por medio de resolución...
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          de fecha 16 de diciembre de 1998"; de forma que no está discutiendo los términos del derecho al reingreso, sino que se está negando rotunda e incondicionalmente la pervivencia del vínculo, de modo que la acción a ejercer es la de despido, tal y como se deduce de la doctrina jurisprudencial plasmada en las SSTS/Social de 19 de octubre de 1994 ( RJ 1994, 8254) , 23 de enero de 1996 ( RJ 1996, 122) y 21 de diciembre de 2000 ( RJ 2000, 1868) . Procede, pues, rechazar el motivo esgrimido por la empleadora."



          Por tanto, como ves, es posible que trabaje en otra empresa, y además su contrato no se verá extinguido por el hecho de que encuentre trabajo durante el ERE de suspensión. La cuestión es que si se le llama a trabajar y éste alega que tiene otro trabajo, habrá una baja voluntaria.



          Lo que en todo caso será importante es que el trabajador, cuando se le dé de alta en el nuevo contrato, comunique al INEM su situación.



          Esperamos haber resuelto su consulta.



          Reciba un cordial saludo.

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

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