Antes se me ha olvidado preguntar que si esta persona es representante de los trabajadores, haber si se le puede negar la entrada al centro de trabajo durante los días que dure la sanción.
Gracias de nuevo.
Un saludo.
Respuesta de abogado
27/07/2009
LEXA Abogados
Buenas tardes:
El Tribunal Supremo, entre otras, en sentencia del 8 de abril de 2006, viene entendiendo que el delegado sindical que estando en situación de baja por enfermedad, acude a la empresa a ejercer su cometido sindical, tiene todo el derecho a entrar en la empresa, ya que la suspensión del contrato conlleva la suspensión de la obligación de trabajador y abonar salario, pero no el resto de derechos, como es en este caso, el derecho al ejercicio de las funciones representativas.
Entendemos que, tal y como está redactada la citada sentencia del Tribunal Supremo, sería de clara aplicación a vuestro supuesto, por lo que entendemos que el trabajador puede ejercer sus funciones de representación aunque se encuentre en situación de suspensión de empleo y sueldo.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo
LexaGo contestó esta consulta laboral a otro usuario
LexaGo te resuelve AHORA tu consulta ¡Conforme a la última jurisprudencia!
LA PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS CON LA QUE YA NO BUSCAS, AHORA PREGUNTAS