¿Qué Sanción Corresponde A Un Trabajador Que Amenaza Con Una Navaja En Una Disputa Laboral Según El Convenio De Limpieza En Navarra?

14/09/2010 Usuario LexaGo

hola, buenas, hemos tenido un incidente con un trabajador, que en una disputa con un empleado de una contrata, le ha sacado una navaja amenazándole. El trabajador de la contrata le ha pegado un puñetazo en una discusión, y nuestro trabajador le ha sacado la navaja. La cosa ha acabado ahí, pero el trabajador de la contrata ha dado parte del incidente a Seguridad. Nuestro trabajador ha reconocido también ante el de Seguridad que ha sacado la navaja. La empresa de Seguridad nos ha pasado por escrito la declaración de nuestro trabajador y el de la contrata. Tenemos que sancionar a nuestro trabajador, qué sanción corresponde? somos del convenio de limpieza en Navarra, gracias de antemano

Respuesta de abogado

15/09/2010 LEXA Abogados
Buenas tardes:



Tal y como se desprende del art. 42 del Convenio Colectivo de aplicación (Limpieza de Navarra), la sanción se tipificaría como sanción grave, en el apartado g):



"g) Las riñas o discusiones graves durante el tiempo de trabajo entre compañeros/as siempre que repercutan gravemente en el normal desarrollo de la actividad laboral".



La riña y discusión es grave (amenaza con una navaja), y repercute gravemente en el desarrollo normal de la empresa (han tenido que ir al de Seguridad a prestar declaración los dos trabajadores, etc).



La sanción correspondiente a una infracción grave es de 3 a 15 días de suspensión de empleo y sueldo.



Ahora de lo que se trata es de valorar la proporcionalidad, con objeto de asegurar que la sanción sea defendida en juicio, si fuese necesario.



La graduación, teniendo en cuenta que se trata de una agresión física, se valorará la provocación. Si el trabajador hubiese sido provocado para sacar la navaja, y tiene mucha antigüedad y es la primera sanción que se le impone, consideramos oportuna la sanción de 10 días de suspensión de empleo y sueldo, ya que es suficientemente grave como para sancionar con una sanción elevada: 10 días (entre 3 y 15 días). Si hubiese más sanciones anteriores a este trabajador, se podría sancionar con más días (hasta el límite: 15 días).



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