Tenemos a un trabajador que agotados los 18 meses de baja de IT le dimos de baja en la empresa. Le iniciaron expediente de incapacidad permante y le prorrogaron otros 6 meses más.
Resulta que ayer 16/02 recibo carta del INSS en la que dice que por resolución de fecha 10/02 se le deniega la prestación.
¿qué significa esto?, ¿que tiene que empezar ya a trabajar no?, pero claro, recibo la carta con fecha 16 y no tengo claro si los efectos de inicio de trabajo deberían ser desde el día 10. ¿cómo se procede en estos casos?, porque yo al trabajador no le puedo dar de alta desde el día 10.
Muchas gracias por vuestra colaboración.