Una empresa necesita REDUCIR la jornada de una trabajadora, que está en este momento a Tiempo Parcial con un 75%, quedaría con un 66%
Lo hemos planteado como modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en base al art. 41 de EETT.
Me gustaría saber vuestra opinión, sobre si se le aplica el art. 41 o es necesario un Expediente de ERE y que el abogado que ha visto la carta indica que la va a Impugnar.
Espero vuestra contestación.
Un saludo
LexaGO