2023-03-29 19:45:51

Reclamación Al Trabajador

Buenas, somos una empresa de transporte. Hace un mes sancionaron a un trabajador nuestro cuando se encontraba llevando un pedido en Francia. La cuestión es que condujo sin el tacógrafo funcionando, y la paró la Gendarmería, y le impusieron una sanción de 1700 euros. Nosotros, le adelantamos el dinero, ya que lo retenían en prisión mientras no abonase la cantidad. Hace dos semanas el trabajador se fue de baja voluntaria y no nos ha devuelto los 1700 euros. Podemos reclamárselos? Es que la sanción se la pusieron a él. saludo

 27/04/2010 Usuario LEXA Online

Respuesta de abogado:

 28/04/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



La solución será diferente si ha firmado o no el finiquito.



1.- Si al irse de la empresa hace dos semanas, el trabajador firmó el finiquito, el trabajador habría saldado esa deuda con la empresa, y por lo tanto, no habría forma de reclamárselo. Así se desprende en un caso idéntico en sentencia del TSJ de Madrid, de 4 de diciembre de 2007, que dice así:



"TERCERO.- En consecuencia, si el actor el 5 de noviembre de 2004 fue denunciado (hecho probado tercero y cuarto), lo que puso en conocimiento de la empresa en el mismo día, la recurrente debió hacer constar en el finiquito de 20 de abril de 2005 que lo que allí se saldaba lo era sin perjuicio del resultado de la denuncia en su día formulada y que, con seguridad, daría lugar a sanción, reservándose su derecho a formular la pertinente acción contra el materialmente imputable de la infracción. Si así no lo hizo, no puede ahora tratar de derivar una responsabilidad cuya causa última radica en el contrato de trabajo y cuyas obligaciones patrimoniales, de cualquier índole, directa o indirecta, como expresamente se señala en el documento, in fine, quedaron mutuamente liquidadas, satisfechas y finiquitadas el 20 de abril de 2005."



2.- No obstante, en el supuesto de que el trabajador no haya firmado el...

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