¿Puede Un Trabajador A Tiempo Completo Ser Contratado A Tiempo Parcial Por Otra Empresa?

20/01/2011 Usuario LexaGo

Hola Todos

Se trata de una trabajadora Autonoma, que va a estar de baja por enfermedad bastante tiempo, para cubrir el trabajo que ella hace (limpieza de locales), el cual lo hace ella sola, quiere que contratemos a su esposo para hacer estos trabajos, para lo cual se ha obtenido el correspondiente CCC.
La Autonoma quiere que le demos de alta con un contrato a tiempo parcial de 2 horas diarias, esto sin problemas.

El asunto es que este Sr. (marido) esta trabajado en otra empresa su jornada completa.

No es que desde este despacho se le hayan puesto inconvenientes, pero le hemos aconsejado que si es posible mejor busque a otro trabajador.

Espero vuestra opinión
Un cordial saludo para todos

Respuesta de abogado

21/01/2011 LEXA Abogados
Buenos días:

Dicha situación no es posible, ya que la trabajadora autónoma no puede contratar por cuenta ajena al marido (art. 7.2 de la Ley General de la Seguridad Social):

"2. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario: el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y estén a su cargo".

Como ves, se podría contratar por cuenta ajena, acreditando la laboralidad del marido. No obstante, los Tribunales no suelen admitir la laboralidad del cónyuge, porque es prácticamente imposible acreditar la independencia económica de ambos. Entre padres e hijos se puede acreditar con más claridad la relación laboral, pero entre cónyuges resulta especialmente complicado (principalmente porque conviven en el mismo domicilio).

Por lo tanto, la única vía para que trabaje el marido es que éste se de alta asimismo como Trabajador Autónomo. No obstante, debe tenerse en cuenta que la mujer debe continuar cotizando, por lo que deberán abonar a partir de ese momento dos cuotas de autónomos.

Esperamos haber resuelto su consulta.

Reciba un cordial saludo.
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