Buenos días:
No, en vuestro caso, el trabajador no es fijo aunque lo solicite. La razón básica es una:
- Que en los últimos 30 meses DESDE LA FECHA DE HOY tiene 8 meses de contratos de interinidad que no cuentan a efectos de la citada regla (art. 15.5 4º párrafo del Estatuto de los Trabajadores). En los últimos 30 meses, tiene únicamente 22 meses de contratos temporales.
Para la averiguación de si diversos contratos temporales en un trabajador conllevan su fijeza por tener más de 24 meses de contratos temporales en un período de 30 meses, debe hacerse de la siguiente forma:
1.- En primer lugar, desde la fecha de hoy se mira para atrás 30 meses. Es decir, en vuestro caso, del 18 de febrero de 2011 al 19 de agosto de 2008.
2.- En ese período hay que buscar 24 meses de contratos temporales, con o sin solución de continuidad. Es decir, da igual que haya lagunas (tiempos en los que no se contrate al trabajador). En vuestro caso, durante esos 30 meses, el trabajador ha estado contratado 23,5 meses, ya que hay dos lagunas: de 2 meses y 24 días hasta febrero de 2010, y de 4 meses entre febrero y junio de 2010. Por lo tanto, como primera medida, no llega a los 24 meses. Esta muy cerca.
3.- No obstante, a pesar de que tiene casi 24 meses en un periodo de 30 meses, desde junio de 2010 ha tenido contratos de interinidad, por lo que no computan dichos periodos de trabajo. Por tanto, en vuestro caso, es clarísimo que no tiene la condición de fijo aunque la solicite.
En general, con respecto a este cálculo, únicamente debéis computar los últimos 30 meses desde la fecha en la que realicéis el cálculo, y eso sí, debéis calcularlo primero con la regla antigua y luego con la nueva. En vuestro caso, como tiene el mismo puesto de trabajo, da igual que lo calculéis con la vieja o la nueva, ya que aplicando las dos reglas por separado, da el mismo resultado: no cumple con 24 meses en un periodo de 30 meses. Y la causa principal son los contratos de interinidad.
Ahora mismo, como ya habéis hecho 8 meses de contratos de interinidad, podéis volver a utilizar el contrato por obra u otro temporal, ya que la laguna de 8 meses de contratos de interinidad, hará que el trabajador no pueda aplicar dicha regla (24 en un periodo de 30) para ser fijo hasta dentro de otros 24.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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