¿Cómo Proceder Si Un Empleado Despedido No Firma El Finiquito?

01/10/2010 Usuario LexaGo

Tenemos un trabajador al cual entregamos carta de despido objetivo, con fecha 8/9/10 y junto a la misma le dimos el talón con el importe de la indemnización.

La fecha del despido era 22/09/10 y al día de hoy no ha venido a firmar el finiquito (nomina del mes+parte proporcional de vacaciones), como debemos proceder en este caso, ¿le hacemos la transferencia sin que nos firme el finiquito y por tanto el acta de comparecencia por extinción?, o sino ¿como procedemos en este caso?

Gracias

Respuesta de abogado

04/10/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



En estos casos, el riesgo existe cuando el trabajador no recibe el talón con la indemnización, ya que corren salarios de tramitación. En esos casos, hay que consignarlo en el juzgado de lo social en 48 horas.



Cuando se trata del finiquito, no corren lógicamente salarios de tramitación, por lo que lo más prudente es no abonar las cantidades hasta que firme el recibí en el finiquito. Si no conseguís contactar con él, yo creo que lo oportuno sería enviar un burofax para acreditar vuestra buena fe, por un posible procedimiento judicial futuro en el que dijese que no queríais pagarle. Y una vez tengáis el burofax, sin abonarle las cantidades, dejáis el tema pendiente hasta que venga a firmar el finiquito. Nuestra opinión es que si no da señales de vida, y no pasa por la oficina a firmar el finiquito, que no le paguéis. Es una forma de asegurar que no os vaya a reclamar nada más, si firma un finiquito correcto.



No obstante, en todo caso, si firma finalmente el finiquito y señala por escrito NO CONFORME debéis pagarle igualmente, ya que en todo caso en el finiquito no se firma la conformidad sino el RECIBÍ de una cantidad. No significa que el trabajador esté conforme, sino que ha recibido esas cantidades.



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