Una trabajadora tras varios años con jornada reducida al 50% por atender el cuidado de un familiar, debe reincorporarse a su jornada completa al fallecimiento de dicho familiar, el mismo día de su vuelta a una jornada completa, se queda de baja por IT.
?Cual es la base de cotización para el cálculo de la las prestaciones por IT, la del mes anterior al de su baja, siendo esta base del 50%, o debe calcularse sobre una salario a jornada completa, al no haberse producido un cambio de contrato.
La empresa por convenio debe completar al 100% el salario, tendría que completarlo al 100% de una jornada completa, en el caso que las prestaciones se calcularían sobre la base de cotizacion reducida al 50%.
Gracias y un saludo
LexaGO