Podemos hacer un contrato de relevo a un trabajador que ya tiene un contrato de relevo, sabiendo que para el relevista supone una promoción profesional y ecónomica y que sustituiría a un trabajador que se jubila con la edad de 64 años.
No nos olvidamos que tenemos que cubrir el puesto del contrato de relevo inicial en un plazo de 15 días.
El contrato de relevo entra dentro de los denominados contratos de duración determinada, se puede considerar mejora de contrato? o bien sería preferible que causará baja voluntaria, se inscribiera en el desempleo y entonces lo volveríamos a contratar (suena a fraude). Esta situación la planteo sabiendo que estas dificultades desaparecen si el segundo contrato de relevo fuera indefinido.
Gracias
LexaGO