Buenos días:
Efectivamente, como dices, el artículo 25 del convenio de transporte de mercancías por carretera señala que las horas trabajadas entre las veintidós y seis horas, serán retribuidas con un incremento del salario base del 25 por 100.
En principio, el art. 25 del convenio parece ser especialmente claro, ya que dice expresamente "salario base". No obstante, si acudimos al art. 17 del mismo convenio, comprobamos como a partir del mismo, se unifican en salario base en...

Atención
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
las tablas los conceptos de "Salario Base" y "Plus de Convenio".
No hemos encontrado jurisprudencia sobre la interpretación de dicho artículo en el convenio de Transporte de Mercancías de Navarra.
Por tanto, y en vistas a un procedimiento judicial, consideramos que un Tribunal unificará en el salario base ambos conceptos. Por lo tanto, el 25% se aplicará sobre el conjunto (salario base y plus convenio).
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.