Hola, buenas, estamos realizando un ERE de extinción, sé que vamos a tener acuerdo, pero veo un problema en la Reforma Laboral, ya que el artículo 51.4 del ET ahora dice que habrán de pasar como mínimo 30 días entre la comunicación y la rescisión de los contratos. Si tenemos acuerdo, hay que esperar 30 días? Sinceramente, creo que es así, pero me parece una faena. Podemos saltárnoslo de alguna forma? Gracias adelantadas
LexaGO