Permiso Retribuido Para Acudir Al Medico Cabecera

11/09/2009 Usuario LexaGo

Hola, se nos plantea la duda de si las consultas al medico de familia o de cabecera son permisos retribuidos o hay que recuperarlas, en nuestro convenio viene: "por el tiempo indispensable para asistencia a la consulta del médico especialista", pero no dice nada del medico de cabecera o de la consulta a enfermera.

Me puedes decir como actuar?

Respuesta de abogado

11/09/2009 LEXA Abogados
Buenas tardes,



El régimen de permisos retribuidos es restrictivo, por lo que aquéllos permisos que no vengan recogidos en la Ley, los convenios colectivos, el contrato individual, y la condición más beneficiosa, son días a recuperar.



En vuestro caso, el convenio es claro, por lo que serán días a recuperar. Cuestión diferente serán aquéllos casos en los que el médico de cabecera derive el caso al especialista. En ese caso (cuando el trabajador acuda al médico especialista), será licencia retribuida, pero siempre por el tiempo imprescindible. Es decir, la empresa en tales casos podrá requerir al trabajador para que aporte el justificante, con objeto de acreditar que se ha invertido el tiempo imprescindible (entre otras, Sentencia del TSJ del País Vasco, de 31 de octubre de 2006).



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