Buenos días:
Con respecto a ese supuesto (el hecho de que la mujer sea autónoma o trabaje por cuenta propia) los tribunales no se ponen de acuerdo.
No obstante, decirte que precisamente el TSJ de Navarra defiende que no puede transmitirse el permiso de lactancia cuando la trabajadora (que es la titular originaria) no tiene derecho al mismo por ser autónoma.
En ese caso, el TSJ de Navarra defiende que no podrá ceder al otro progenitor el derecho al permiso de acumulación de la lactancia. La sentencia es de 24 de junio de 2008. También defiende la misma postura el TSJ del País Vasco, en sentencia de 24 de abril de 2001.
No obstante, el TSJ de Madrid, en sentencia de 10 de octubre de 2008, entiende precisamente lo contrario, es decir, que la trabajadora autónoma puede ceder el permiso acumulado de lactancia al otro progenitor.
Como ves la situación en Navarra es negativa hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie al respecto.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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