Permiso Por Ingreso Padre

25/05/2009 Usuario LexaGo

Hola a todos



al igual que temas anteriores nos surge la duda de que permiso le corresponde a un hijo por el ingreso de su padre.

El convenio de aplicación es el de Constr. y O.P. y no queda claro, ya que concretamente el ingreso no se contempla, sin embargo la enfermadad grave , operación quirurgica con hospitalización o sin ella si.

En este caso el trabajador ha cogido dos días para el cuidado de su padre, debo decir que el ingreso ha sido para un revisión esto fué el viernes y hoy lunes aun sigue ingresado, por nuestra parte no se le ha negado, pero tampoco esta muy claro el que le correspondan, aun así al ser días naturales si el ingreso fue el viernes, en caso de corresponderle sería sabado y domingo eso está claro.

Gracias por vuestros comentarios, un saludo

Respuesta de abogado

26/05/2009 LEXA Abogados
Bueno días,

En relación a la primera pregunta, el Convenio Colectivo de Construcción y obras Públicas establece en su artículo 31 las licencias y permisos, y en su apartado g) permite 2 días naturales por intervención quirúrgica sin hospitalización del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Asimismo el apartado f) permite 3 días naturales, por enfermedad grave o intervención quirúrgica con hospitalización del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad. Por lo tanto, se concede el permiso de 3 días en dos supuestos: la hospitalización por intervención quirúrgica y la hospitalización por enfermedad grave (el supuesto planteado).

Considerando que el padre y el...
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          hijo son parientes en primer grado de consanguinidad, el hijo tendrá derecho a 3 días en los casos de hospitalización y 2 días en los supuestos de intervención sin hospitalización.

          Finalmente, y como bien apuntas, los días que le corresponden son naturales, con independencia de días festivos y fines de semana. Por lo tanto, el trabajador tendrá permiso hasta el lunes incluido; debiendo ir a trabajar el martes.

          No obstante, deberá tenerse en cuenta que hay Tribunales que dan por bueno el permiso, siempre y cuando se mantenga la situación de necesidad. Y la situación de necesidad es que el padre necesite atención.

          Esperamos haber resuelto su consulta.

          Reciba un cordial saludo

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

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