Buenos días:
Entendemos que, salvo la gravedad de la hospitalización o la situación de su hermana, exija la necesidad de que haya dos personas, la empresa tiene facultad para limitar el permiso a una de ellas por razones organizativas.
Dicha cuestión no se encuentra regulada, pero se ha dado alguna sentencia al respecto. En concreto, en sentencia, de 23 de enero de 1996, que entendió, ante la enfermedad de la enfermedad grave del hijo, con que fuese uno de los padres, ya era suficiente.
Asimismo, aunque dicha cuestión no está regulada, entendemos debe aplicarse por analogía lo establecido ya en el Estatuto de los Trabajadores para las reducciones de jornada (art. 37.5 del ET): "si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho (la reducción de jornada) por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa".
Por lo tanto, entendemos que en el presente caso, salvo que exista alguna circunstancia especial, se podrá limitar el permiso a uno de los hermanos, siempre y cuando se razone la denegación por razones organizativas.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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