Buenos días:
La regla general es que los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.
No obstante, se aplica la regla de la proporcionalidad en razón a cada supuesto concreto, atendiendo a la naturaleza del derecho.
En concreto, para un supuesto de permiso para asuntos propios, se aplica la regla de la proporcionalidad, ya que el mismo permiso parte del presupuesto de compensar con unos días de descanso para realizar gestiones a trabajadores que prestan servicios a tiempo completo (entre otras, sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de septiembre de 2006, TSJ de Cataluña, de 30 de enero de 2009, TSJ del País Vasco, de 25 de septiembre de 2007).
Para un supuesto de matrimonio, la jurisprudencia no recoge un supuesto como el vuestro. Sin embargo, atendiendo a la naturaleza del permiso (disfrutar de la luna de miel), entiendo lógico que deba aplicarse el mismo derecho que los trabajadores a tiempo completo, ya que trabaje uno a jornada completa o parcial, disfrutará de la misma luna de miel.
Por tanto, a la luz de la citada jurisprudencia, entiendo que en vuestro caso concreto, debéis reconocer el permiso completo aunque se trate de un trabajador a tiempo parcial.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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