2023-06-01 14:36:37

Permiso De Lactancia

23/06/2009 Usuario LexaGo

Quisiera saber si es acumulable el permiso de lactancia. Tal y como veo la legislación solo lo sería en caso de que así el convenio lo indicara o por acuerdo con el empresario. ¿Es así?. Y por otro lado como se calcularía ya que supongo que debería ser a partir de que se finalice el permiso de maternidad y hasta que el niño cumpla 9 meses, osea 8 meses completos despues del nacimiento el 9º no pues cumple el primer día de ese 9º mes, y a razón de cuanto tiempo podríamos acumular si media hora o una hora díaria.

La verdad es que tengo un lio importante y necesito vuestra ayuda.

Respuesta de abogado

23/06/2009 LEXA Abogados
Buenas tardes,



En primer lugar, y en relación a tu primera pregunta, es posible la acumulación del permiso de lactancia en jornadas completas, siempre que así lo prevea el convenio colectivo aplicable o si, a falta de éste, la empresa y el trabajador lleguen a un acuerdo sobre este aspecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores.



En segundo lugar, y en relación a la fórmula de cálculo y disfrute del permiso, hay tres formas de disfrutarlo:

a) Una hora de ausencia del trabajo, que pueden dividirse en dos fracciones.

b) Una reducción de su jornada de media hora con la misma finalidad.

c) Acumularlo en jornadas completas, según lo establezca en el convenio colectivo o en el acuerdo entre la trabajadora y el empresario. En todo caso, para el cálculo de la acumulación, se contará por cada día de trabajo una hora de permiso, contado a partir de la finalización del permiso de maternidad y hasta la fecha en la que el niño alcance los 9 meses de edad.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
LexaGo

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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra