Buenos días, tenemos una duda... es lo mismo una pareja de hecho y una pareja que se ha inscrito en el registro único de parejas estables del Gobierno de Navarra? La pregunta es de cara al disfrute de los permisos establecidos en convenio que son tanto para matrimonio como parejas de hecho
En relación a la consulta, el Estatuto de los Trabajadores no establece ningún permiso retribuido para las parejas de hecho. Por lo tanto, sólo procede conceder un permiso retribuido en esta situación cuando el convenio colectivo así lo indique. No obstante, para acceder a los permisos retribuidos establecidos en mismo es necesario que las parejas de hecho estén legalmente constituidas, es decir, inscritas en el registro de uniones de hecho correspondiente. En este sentido se pronuncia la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de mayo de 2022 que equipara los derechos del régimen matrimonial al de las parejas de hecho, siempre y cuando conste acreditada la condición de pareja de hecho, mediante la certificación del Registro de parejas de hecho correspondiente.
Por lo tanto, las parejas de hecho y las parejas registradas en el registro único de parejas estables del Gobierno de Navarra son efectivamente lo mismo. La cuestión radica en que tienen que estar inscritas en el registro y si estas lo están, podrán acceder a los permisos retribuidos establecidos en convenio que son tanto para matrimonio como parejas de hecho.
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