Por la Disposición Transitoria 3ª de la Ley 35/2010, se exige a partir de ahora, entre otros documentos, que el empresario cuando solicita que el FOGASA se haga cargo de 8 días de salario correspondientes a la indemnización por despido objetivo, a los trabajadores con un año de antigüedad:
Documento bancario o contable que acredite que el trabajador ha recibido la indemnización legalmente establecida.
¿Esta exigencia lo es también para las peticiones de abono del 40% amparadas por la norma anterior a esta disposición para Empresas de menos de 25 trabajadores?
LexaGO