Límite De Despidos Para No Ir Al Ere

10/02/2009 Usuario LexaGo

como comentasteis el otro día, según el número de despidos, se irá al ERE o al despido individual. En la empresa, hemos despedido hace 2 meses y medio a 4 trabajadore y somos una empresa de 40 en plantilla total. el nivel de producción hace que necesitemos despedir a 8 trabajadores más, tendríamos que ir al ERE?

Respuesta de abogado

10/02/2009 LEXA Abogados
Buenas tardes:



Para el cómputo del número de despidos, a efectos de ir por despido objetivo individual (indemnización de 20 días por año) o ERE (normalmente indemnización acordada superior), hay dos límites a tener en cuenta:



1.- Límite numérico: En vuestro caso, si superan los 10 despidos, habrá que ir al ERE.



2.- Límite temporal: Habrá que ir al ERE en vuestro caso, si esos 10 despidos se han realizado en un plazo de 90 días.



Por lo tanto, si despides ahora a otros ocho, no tienes más remedio que acudir al ERE. En cambio, si despides a únicamente a 5 trabajadores, lo podrás hacer a través de despidos objetivos individuales, con menor coste para la empresa.



La pregunta que te surgirá ahora es: y si despido pasados los 90 días, puedo despedir a 8 a través de despidos objetivos individuales? Pero, la cuestión es que si despides en dos momentos temporales diferentes se aplica una tercera regla (que viene en el Estatuto de los Trabajadores), y que es la siguiente:



3.- Si en periodos sucesivos de 90 días, se efectúan despidos por debajo del umbral numérico (en tu caso, por debajo de 10 despidos), se entiende que se está intentando saltarse el procedimiento, y se consideran efectuados en fraude de ley. Por lo tanto, la solución para evitar esta tercera regla, es que podrás despedir a 8 trabajadores de golpe, una vez pasados 180 DÍAS desde los anteriores despidos (no 90 como parece decir la norma si no leemos el art. 51 en su conjunto).



Si no puedes esperar, lo conveniente a nuestro juicio, sería despedir ahora a 5 trabajadores como mucho. De la otra forma, irías obligatoriamente al ERE. En todo caso, si no tienes más remedio, siempre podrás acudir al ERE si cumples con las causas.



Esperamos haber resuelto sus dudas.



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