Buenas tardes:
El derecho laboral polaco, como el nuestro, regula las relaciones laborales entre empresario y trabajador con especial protección de los derechos de éste último. El derecho laboral polaco se aplica en todo lo referente al empleo, relaciones y condiciones de trabajo, asuntos sociales, seguros y sindicatos.
Nuestro Estatuto de los Trabajadores, para ellos es el Código de Trabajo (Kodeks Pracy) de 26 de junio de 1974. Dicho código sigue en vigor a pesar de haber sido enmendado en varias ocasiones. La última vez fue en 2005. Otra importante regulación sobre el empleo, y especialmente del empleo de extranjeros, es la Ley sobre Promoció n de Empleo e Instituciones del Mercado Laboral del 20 de abril de 2004.
Por la experiencia que contamos en relación a legislación internacional en materia laboral, la vía para conseguir dicha documentación es a través de los despachos...

Atención
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
de abogados. Nosotros lo hemos hecho en varias ocasiones (con Portugal, Alemania e Italia), y requiere, como es lógico, de un estudio de dicha legislación adaptándola a las necesidades de la implantación propia de la empresa (sector, tipo de trabajo, tipo de contratación, remuneraciones, normativa aplicable sectorial, usos y costumbres del país, principales sentencias de Tribunales polacos en las principales materias de interés para la empresa en concreto según el proyecto a realizar, etc)
Lo único que podemos decirle en relación a esta cuestión desde nuestro función en el presente Foro es ofrecernos a realizar dicho estudio a través de nuestro despacho. Lamentamos no poderle derivar dicha información de forma más directa, pero se trata de cuestiones más extensas de estudio.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.