Buenos días:
A pesar de que el supuesto que planteas no parece tener ninguna lógica, el permiso de lactancia se reconoce igualmente para trabajadores a tiempo parcial. Entre otras, en sentencia del TSJ de Cataluña, de 18 de marzo de 2003, en la que se dice lo siguiente:
"A este respecto, ha de tenerse en cuenta que mediante la Ley 39/1999 de 5 de noviembre, sobre conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, se modificó el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, cambiando la anterior referencia a la «jornada normal» de trabajo por la expresión «su jornada» de trabajo, es decir, la que efectivamente realice el trabajador, de lo que cabe deducir que desde entonces este derecho es claramente aplicable a los trabajadores contratados a tiempo parcial".
El caso que trata la sentencia es un supuesto de una trabajadora al 50% de jornada. El supuesto que planteas entiendo que es exagerado, ya que trabajando sólo 1,5 al día atiende la lactancia de su hijo sin ningún problema.
A pesar de dicha jurisprudencia, entendemos que podría defenderse en juicio la negativa de la empresa, por carecer totalmente de sentido. En cambio, si el convenio permite acumular, en ese caso, entiendo que la trabajadora tiene todo el derecho a acumularlo, y que la empresa en juicio nada tendrá que hacer.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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