2023-05-31 05:38:52

Jubilación Parcial: Contrato Relevo: Fin De Contrato: Fecha Cierta

11/03/2010 Usuario LexaGo

Tenemos un trababador con jubilación parcial, el 20 de julio termina el contrato relevo y se jubila definitivamente, le faltan por trabajar 43 dias. Mi preguenta es la siguiente. Si el jubilado trabaja los días que le faltan los últimos 43 días de trabajo. ¿Ese día que empieza a trabajar podemos dar de baja en la empresa al trabajor que le sustituia o tenemos que esperar hasta el 20 de julio?

Respuesta de abogado

12/03/2010 LEXA Abogados
Buenas tardes:



Debéis esperar necesariamente al 20 de julio, ya que si te fijas en el contrato de relevo, os comprometéis a contratarle hasta que el jubilado parcial cumpla 65 años (el 20.07.2010). Sí que es posible que el jubilado parcial deje la jubilación parcial y vuelva a trabajar a tiempo completo a la empresa, pero debéis mantener, aún en ese caso, al contrato de relevo. Así se desprende de la totalidad de la doctrina judicial.



En caso contrario, el despido del relevista sería considerado improcedente.



Esperamos haber resuelto su consulta.



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