Indemnización Fin Contrato Temporal No Está Exenta De Irpf
Buenas tardes
Esta exenta de IRPF la indemnización que se abona al trabajador al finalizar un contrato de trabajo 402, siempre que se le abone lo estipulado : los 8 días/por año trabajado.
Gracias
17/03/2010Usuario LEXA Online
Respuesta de abogado:
20/03/2010LEXA Abogados
Buenos días:
La indemnización de 8 días por finalización de un contrato temporal, no está exenta, de tributar. Así se desprende de una Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos V0511-08 (7/3/08). Por lo tanto, no se trata de una indemnización como la del despido improcedente (45 días) o como la del despido objetivo (20 días). La Dirección General de Tributos no las considera a estos efectos indemnizaciones exentas.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.
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