Incapacidad Permanente Parcial Reconocida: Trabajador Que No Puede Prestar Servicios En La Empresa: Posibles Salidas

04/08/2010 Usuario LexaGo

buenos días,

a un trabajador le han concedido la incapacidad permanente parcial tras 14 meses de baja. la realidad es que tiene una lesión que le impide trabajar en ningún puesto de la fábrica. tras varios días se ha cogido una baja por depresión. qué podemos hacer desde la empresa para dar solución a este caso, ya que no puede trabajar, pero le dieron el alta. muchas gracias.

Respuesta de abogado

05/08/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



En estos casos, las opciones son diversas:



1.- Si todavía está en plazo de reclamar la Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual, convencerle para que lo haga. El plazo es de 30 días, tanto si tiene que formalizar Reclamación Previa, como si tiene ya que interponer demanda. Nosotros, en muchas ocasiones, llevamos los procedimientos de Incapacidad Permanente de trabajadores de las empresas que son clientes nuestros. La empresa se encarga de sufragar los costes del procedimiento laboral (paga al abogado), y el trabajador normalmente está encantado. De esta forma, si se consigue la Incapacidad Permanente Total, la empresa se ahorra el coste del despido, ya que no hay obligación de indemnizar en tales casos. Entiendo que ésta es la mejor vía.



2.- No obstante, otra vía sería ofrecerle un puesto de trabajo compatible con su dolencia, ya que en tal caso, existe una bonificación de la cotización del 50% cuando la incapacidad permanente deriva de ENFERMEDAD PROFESIONAL.



3.- Despido objetivo por ineptitud sobrevenida, con 20 días por año de indemnización. No obstante, en este caso, es difícil que se considere procedente, ya que la jurisprudencia tiende a reconocer este tipo de despidos cuando hay un reconocimiento de una incapacidad permanente total. En los casos de incapacidad permanente parcial, será más complicado.



4.- Despido y reconocimiento de la improcedencia, con abono de 45 días por año, al encontrarse el trabajador de baja.



Como ves de las soluciones que te doy, la mejor es la primera, ya que por lo que dices, el trabajador no puede realizar su profesión habitual, por lo que debéis confirmar que no se le haya pasado el plazo para reclamar y convencerle de que es la mejor opción. Sin duda, también para él, es la mejor opción.



Si se hubiese pasado el plazo, habrá que esperar a la revisión, o se podrá iniciar nuevamente el proceso si hay agravamiento de la dolencia.



Esperamos haber resuelto su consulta.



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