Caso de pago horas extraordinarias en conductor:
En el convenio de transportes de navarra en el art. 26 de Horas extraordinarias apartado b) dice: "El excedente tiempo de trabajo, derivado del punto a), será retribuido a precio de hora ordinaria". Pto a) es " Ampliación de jornada tal y como se definen en los art. 8 y 10 del RD 1561/95".
¿A cuántas horas se refiere esa ampliación de jornada?. Qué horas pago como ordinarias y cuáles como horas extras?.
Muchas gracias,
"Artículo 26. Horas extraordinarias
Se considerarán horas extraordinarias estructurales las definidas en elartículo primero de laOrden 1 de marzo de 1983 («Boletín Oficial del Estado» 7-3-1983) que, copiado literalmente dice:
«A efectos de lo dispuesto en elartículo 7 delReal Decreto 92/1983, de 19 de enero, se entenderán por horas extraordinarias estructurales las necesarias por pedidos imprevistos, períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate, siempre que no puedan ser sustituidas por la utilización de las distintas modalidades de contratación previstas legalmente».
La dirección informará periódicamente al Comité de Empresa, a los Delegados de Personal y Delegados Sindicales sobre el número de horas extraordinarias realizadas, especificando las causas, y, en su caso, la distribución por secciones.
Conforme al Real Decreto 1561/1995 y las diferentes disposiciones legales vigentes, el tiempo de actividad, por encima de la jornada efectiva, puede ser:
a) Ampliación de jornada, tal y como se definen en losartículos 8 y10 del referido Real Decreto.
b) Horas extraordinarias.
El excedente tiempo de trabajo, derivado del punto a), será retribuido a precio de hora ordinaria.
Por lo tanto, de la lectura del artículo del convenio y del texto del Real Decreto, se desprende de forma que dicho apartado a) se refiere a las horas de presencia, ya que las horas extraordinarias (trabajo efectivo) vienen referidas en el apartado b). El artículo 8 y 10 habla del trabajo efectivo y el tiempo de presencia. Pero si el apartado b) del art. 26 del convenio habla de horas extraordinarias (tiempo efectivo), el apartado a) necesariamente se refiere al tiempo de presencia.LexaGO