2023-06-01 13:59:22

Fin Reduccion Jornada Por Cuidado Hijo

01/09/2010 Usuario LexaGo

Hola, tenemos una trabajadora con reducción de jornada por cuidado de hijo, proximamente cumple 8 años por lo que la trabajadora debe volver a su jornada completa, pero hemos acordado que siga realizando la misma jornada reducida que hasta ahora (a petición suya). Si en un futuro se le despide (no es nuestra intención), como habría que calcular la indemnización? Gracias y un saludo.

Respuesta de abogado

02/09/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



La Ley es clara al respecto. La disposición adicional decimo octava del Estatuto de los Trabajadores dice así:



"1. En los supuestos de reducción de jornada contemplados en el artículo 37, apartados 4 bis, 5 y 7 el salario a tener en cuenta a efectos del cálculo de las indemnizaciones previstas en esta Ley, será el que hubiera correspondido al trabajador sin considerar la reducción de jornada efectuada, siempre y cuando no hubiera transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para dicha reducción."



Por lo tanto, la Ley es clara, únicamente se mantiene el derecho a que se tenga en cuenta el salario a tiempo completo DENTRO de los límites legales para dicha reducción. También se incluyen aquí límites legales establecidos por convenio colectivo, que amplíen los 8 años que recoge la Ley. Pero en ningún caso, la concesión voluntaria del empresario.



Por lo tanto, a partir de los 8 años, salvo que el convenio amplíe dicho derecho, deberá computarse como salario, a efectos de indemnización, el salario REAL con jornada reducida.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
LexaGo

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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra