Excedencia Y Contrato De Relevo

03/05/2010 Usuario LexaGo

Buenas tardes. A uno de nuestros camioneros le quitaron el carnet de conducir durante 8 meses y llegamos al acuerdo de concederle una excedencia con reserva de puesto de trabajo, ha llegado el momento de la reincorporación y mi duda es que, esta persona tiene un contrato de relevo hasta el mes de diciembre, ¿tengo que comunicar al INEM que reanuda su contrato o con el alta en la seguridad social es suficiente? Cuando llegue diciembre la idea es no renovar el contrato y no quiero tener ningún problema. Saludos y gracias.

Respuesta de abogado

04/05/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



Realmente no tenéis obligación de comunicar al INEM ningún cambio, ya que al INEM (de cara a prestaciones de desempleo o cotización) no le afecta que el trabajador se encuentre en excedencia. Y como no hay un cambio de contrato, sino que sigue con el mismo contrato de relevo, no habría necesidad.



No obstante, debes tener en cuenta que el INSS se habrá planteado la posibilidad de reclamaros la jubilación parcial del trabajador por no haber sustituido al relevista. Ya hemos visto en las últimas preguntas que se han planteado que la excedencia es suspensión y no cese, y que por tanto, no hay obligación de sustituir al relevista. Así se establece por los Tribunales.



Sin embargo, sí que es bueno que haya documentación que acredite que se trata realmente de una excedencia voluntaria. Por tanto, creo que sería bueno que se presentase en el INEM un escrito notificando la reactivación del contrato de relevo después de un período de excedencia. Tener ese documento con un sello del INEM, además de la solicitud de excedencia que en su dia os debió solicitar el trabajador, acredita dicha situación de cara a posibles reclamaciones del INSS. No olvides, que si hay sentencias sobre dichos supuestos es porque el INSS en ocasiones ha exigido pagar la jubilación parcial a la empresa. Creo que sería lo prudente.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.