Buenos días,
Espero que me puedan aclarar el siguiente tema:
La empresa tiene aprobado un ERE temporal con suspensión de contratos para varios días durante todo el 2009.
Ejemplo: un trabajador en un mes ha estado 2 días laborables de ERE. El INEM le abona 3 días (porque le aplica un coeficiente de 1,25 para transformarlos en días naturales), ¿la empresa debe pagar en nómina 27 días ó 28 días?
Gracias.