Me gustaria saber si puedo dar de alta en el Rég. Gral de la seg. social al marido de una autonoma socia con el 50% del capital de una Empresa. Esta autonoma por problemas de salud tiene que coger la baja de I.T. y se prevee que el pueda ser largo el tiempo que esté de baja de I.T.
Hago referencia al art.1 del Estatuto del Autonomo que dice que los familiares de hasta 2º del los autónomos que convivan iran al reg. de autonomos salvo que tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena.
¿Cómo se acredita la condición de trabajadores por cuenta ajena?
Muchas gracias.
LexaGO